El acceso a la pensión es vital al llegar a la etapa de la vejez, tras una larga vida de trabajo. Para tener acceso a ella, se necesitan cumplir algunos requisitos.
Primariamente, hay que saber que existe un Sistema General de Pensiones en Colombia, el cual, según el Ministerio de Salud, tiene como objetico garantizarle a la población “el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinen en la presente ley, así como propender por la ampliación progresiva de cobertura de los segmentos de población no cubiertos con un sistema de pensiones”.
Este sistema está formado por 2 tipos de regímenes: El Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad y el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida. El primer tipo es manejado por Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantía de Colombia y el otro por Colpensiones. Ambas entidades cuentan con la vigilancia de la Superintendentica Financiera de Colombia.
Los requisitos para pensionarse han cambiado desde años anteriores. Específicamente en asuntos de las semanas laboradas, a partir del 2005 han aumentado proporcionalmente, oscilando entre 20-25 semanas más.
Requisitos para pensión
De acuerdo con lo contemplado en la ley (Decreto 1833 de 2016) decreta que una persona debe cotizar 1.300 semanas a lo largo de su vida laboral en el RPM, lo cual son aproximadamente 26 años. Además, para el caso de las mujeres, requiere tener 57 años y, para los hombres, cumplir 62 años.
Por cada 50 semanas de cotización adicional a las obligatorias, el monto pensional aumenta en un 1.5% del IBL. Cuando la persona completa el tiempo, se pensiona con el 65% del Ingreso Base de Liquidación (IBL), el cual es la tasa que estipula este proceso. Igualmente, se permite aumentar este saldo en un 80% acorde a las semanas adicionales, que tienen como tope alcanzar las 1.800.
Existen ciudadanos que han superado las semanas adjudicadas por la ley, generándoles la inquietud de saber cuánto estarían cotizando. Para responder esa duda, la Sentencia SL3501-2022 de la Corte Suprema de Justicia explica esa situación.
Primariamente, declara que las semanas adicionales van desde más de 1.500 hasta las 1.800, como requisitos mínimos. Además, Colpensiones expone que, al completar los lineamientos, la persona puede dejar de cotizar y tener la certeza de contar con su pensión, por lo que cotizar más semanas no tendría sentido. En ese orden de ideas, si se cotizan más de las 1.800, esas semanas no tendrían validez alguna.
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad
Los requisitos son relativamente similares para el otro sistema pensional, el RAIS, aunque con una diferencia semanal. Según Contador Financiero, “el capital acumulado debe ser suficiente para financiar una pensión de más de 110% de salario mínimo”. Al tener esto, podrán acceder a su pensión. La edad de hombres y mujeres es igual, pero las semanas cotizadas deben ser 1.150.
¿Cuál es la diferencia de ambos regímenes? En primer lugar, en el RPM, sus afiliados pagan periódicamente (cotizar) a un fondo pensional (Colpensiones) , para contar con una pensión de vejez, invalidez o de sobreviviente. Los aportes se gestionan en un fondo común de naturaleza pública, en la que se garantiza el pago de prestaciones.
El régimen RAIS está formado por un conjunto de entidades, normas y procedimientos que administran recursos privados y públicos destinados a pagar pensiones y prestaciones reconocidas a sus afiliados. No es un fono común, sino que hacen parte de una cuenta individual de ahorro pensional.
La pensión para la vejez no es la única, existen otro tipo de pensiones:
Pensión de Invalidez: “En caso de sufrir un accidente de origen no laboral por el cual pierdas 50% o más de tu capacidad física o mental, estarás protegido con un ingreso de por vida”.
Pensión de sobrevivencia: “En caso de que fallezcas, tus beneficios podrán recibir una pensión, gracias a las cotizaciones que hayas realizado. O en caso de que fallezca alguno de tus familiares, puedes ser el beneficiario de ese ingreso”.
Pensión familiar: “Es la suma de esfuerzos de los cónyuges o compañeros permanentes para recibir una pensión de un salario mínimo, cuando cumplen con la edad de retiro, pero no tienen suficientes semanas cotizadas para pensionarse individualmente”.
Adicionalmente también existe un plan de inversión para su pensión de vejez con Iraic Ret, el cuál funciona para cualquier persona natural e individual, empleador y sus empleados pueden apartar un porcentaje del pago para su jubilación. El dinero crecerá con inversiones diferidas hasta que se retire en el momento de la jubilación. Iraic Ret le posibilita pensionarse a los 10 años tras haber obtenido el plan.
Publicado por Contador Financiero, agencia de noticias e información.